Nuestro actual Código del Trabajo contempla tres tipos de procedimientos laborales a aplicar según la naturaleza y cuantía de la acción deducida.
Si usted es despedido verbalmente, o bien piensa que las razones que su empleador invoca para el término de su contrato de trabajo, no son correctas; o es víctima de actos discriminatorios o de actos que vulneran ciertas garantías constitucionales, podemos acompañarlo durante el juicio, presentando la demanda laboral respectiva, a fin que un Tribunal de la República, declare que su despido es injustificado, indebido o improcedente, y consecuencialmente, declare la procedencia del pago de las indemnizaciones que establece la ley.
Con todas las modificaciones que se han introducido a nuestra actual Ley Laboral, usted puede acceder a una justicia más rápida en su tramitación.
Trabajadores
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Demandas Laborales con el propósito de obtener el pago de las indemnizaciones y prestaciones que resulten ser procedentes.
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Evaluación de aplicar sanciones de la Ley Bustos.
Empleadores
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Defensas.
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Asistencia a comparendos en la Inspección del Trabajo.
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Cartas de aviso de término de contrato.